jueves, 16 de junio de 2016

Gastos por cerca de S/. 9 millones reportaron partidos durante la Segunda Elección Presidencial

Los dos partidos políticos que participaron en la Segunda Elección Presidencial reportaron gastos en conjunto por más de 9 millones de soles durante la campaña para esos comicios efectuados el 5 de junio último, informó hoy la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)

Al vencerse el miércoles 14 el plazo para la entrega de la segunda información financiera, correspondiente al periodo entre el 01 a 10 de junio, Peruanos por el Kambio (PPK) reportó gastos por S/. 3’279,476.93 y Fuerza Popular (FP) por S/. 1’883,817.81. En total, S/. 5’163,294.74.

En la primera entrega, PPK reportó gastos por S/. 2’190,835.35 y FP por S/ 2’503,533.99, sumando en conjunto S/. 4’ 694,369.34 de gastos que abarcaron el periodo entre el 16 de abril y el 31 mayo.

A nivel de aportes e ingresos, en esta segunda entrega, ambas organizaciones reportaron en conjunto S/.3’738,428.85. PPK declaró S/. 1’451,582.40; mientras que FP S/. 2’286,846.45.

Considerando los ingresos declarados por ambos partidos en la primera entrega (S/.4’656,496.34), los ingresos generales declarados en toda la Segunda Elección Presidencial totalizan S/.8’394,925.19.

Estos informes financieros reportados en esta campaña por los partidos políticos serán verificados y contrastados por la ONPE con información de diversas fuentes, como los contratos de publicidad electoral proporcionados por los medios de comunicación, así como los informes de la supervisora
contratada para monitorear la publicidad y propaganda electoral.

También se cruzará información con las bases de datos de instituciones públicas y privadas para determinar la consistencia de la relación de financistas declarados por las organizaciones políticas.

Como parte de su labor de verificación y control, la ONPE realizó algunas observaciones a la información financiera presentada por las organizaciones políticas durante la campaña por las Elecciones Generales del 10 de abril, y las notificó para que las corrijan, y lo propio se hará en esta oportunidad.

Más datos
La Ley de Organizaciones Políticas tipifica como infracción recibir financiamiento de cualquier entidad pública o empresa propiedad del Estado o con  participación de éste, de confesiones religiosas, de partidos políticos y agencias de gobiernos extranjeros, excepto  cuando los aportes estén destinados a la formación, capacitación e investigación.

Es una infracción a la norma omitir información de la contabilidad de ingresos y gastos anual, así como adulterar intencionalmente la información de la contabilidad de ingresos y gastos. En estos casos la multa no será menor de diez (10) ni mayor de cincuenta (50) veces el monto recibido, omitido o adulterado.

Además está prohibido recibir contribuciones de una misma persona natural o jurídica superiores a las 60 UIT (S7. 237,000.00) o recibir aportaciones anónimas superiores a las 30 UIT (S/. 118,500.000) referidas a las actividades de financiamiento proselitista. La multa será no menor de diez (10) ni mayor de treinta (30) veces el monto de la contribución recibida.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario